Ley de Glaciares. Análisis comparativo

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La reforma de la Ley de Glaciares (Ley 26.639) propone flexibilizar la protección de los cuerpos de hielo al delegar en las provincias la definición de qué glaciares deben protegerse y al permitir actividades industriales, como la minería, en zonas que hasta ahora estaban resguardadas. Esta iniciativa vulnera el principio de no regresión ambiental y pone en riesgo el abastecimiento de agua.

Análisis comparativo: ley vigente vs. proyecto de reforma

Alcance de la protección
-Ley vigente (26.639): protege a todos los glaciares y al ambiente periglacial como reservas estratégicas de agua, respaldada por un inventario científico nacional.
-Reforma propuesta: limita la protección solo a los glaciares con “función hídrica efectiva y relevante”, dejando fuera áreas que podrían ser afectadas por actividades económicas.

Autoridad y criterios
-Ley vigente: el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), como organismo científico nacional, elabora el inventario y define la protección con criterios técnicos.
-Reforma propuesta: cada provincia decidiría qué glaciares proteger, introduciendo un criterio político y discrecional en lugar del técnico.

Actividades prohibidas
-Ley vigente: prohíbe la minería, los hidrocarburos, la liberación de sustancias tóxicas y obras en glaciares y ambiente periglacial.
-Reforma propuesta: habilita actividades productivas en glaciares que las provincias no identifiquen como “estratégicos”.

Principio de precaución
-Ley vigente: ante la duda, se protege el glaciar.
-Reforma propuesta: debilita el principio precautorio, priorizando el desarrollo minero sobre la conservación hídrica.

Posiciones en debate
El oficialismo y las provincias con actividad minera sostienen que la reforma atraerá inversiones al eliminar restricciones sobre hielos de escaso valor hídrico. La comunidad científicos, en cambio, advierten que la norma reduce la protección de reservas estratégicas de agua: recuerdan que el ambiente periglacial regula el flujo hídrico y cuestionan la falta de transparencia en la redacción final del proyecto. La iniciativa se encuentra ahora en la Cámara de Diputados.

Por qué decir NO a la reforma
Retroceso ambiental: implica una vulneración del principio de no regresión ambiental, reconocido en la Constitución y en tratados internacionales.
Riesgo para el agua: al desproteger el ambiente periglacial, humedales altoandinos y los glaciares de escombros, se comprometen fuentes clave de agua dulce de las cuencas.
Posible inconstitucionalidad: la Constitución Nacional reserva al Congreso la potestad para establecer presupuestos mínimos ambientales que las provincias no pueden rebajar.

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