|
Desde 1958 la Organización Internacional del Trabajo, OIT, tenía en vigencia el Convenio 107 al que Argentina oportunamente adhirió. Dicho Convenio fue constantemente denunciado por los Indígenas porque en uno de sus artículos proponía la Asimilación al modelo Occidental con la consecuente desaparición de los Pueblos Indígenas como tales. Finalmente la OIT instrumentó el Convenio 169 que exige a los Estados que adhieran al mismo reconocer como Indígenas a todo aquella persona que descienda de los habitantes originarios y que se asuma como tal. . .. Fuente: "Germán Carlos Canuhé" 
Este tratado entró en vigencia en Argentina el 3 de julio de 2001 y cada dos años, el estado debe dar cuenta de los pasos que se dieron para mejorar la situación de casi 1,5 millones de personas que integran los19 pueblos originarios que habitan en la Argentina. El Convenio 169 fue suscripto por la Argentina en 1989, ratificado por ley 24071 en 1992 y no fue hasta el año 2000 que se realizó el depósito de la ratificación, último paso legal para que entrara en vigencia en nuestro país con rango internacional. El Convenio establece los derechos de los pueblos indígenas a tener una existencia perdurable y diferente, a determinar sus propias prioridades de desarrollo y controlar el mismo y a ser consultados a través de mecanismos apropiados acerca de cualquier decisión en la que pudieran estar afectados. Los estados firmantes de la norma se comprometieron a “adoptar las medidas necesarias para hacer efectivas las disposiciones de dicho convenio”. El 3 de julio de 2003, con motivo de cumplirse dos años de vigencia de este convenio, el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH) y ENDEPA presentaron ante la oficina regional de la Organización Internacional del Trabajo un informe alternativo que refleja diversos casos de violaciones a lo dispuesto en el Convenio 169. El documento elaborado en conjunto por el MEDH y ENDEPA, recibió la adhesión demás de 50 organizaciones indígenas, sindicales, sociales y religiosas, además de instituciones educativas y particulares. Este informe alternativo –explicó Marcelo Melani, presidente de la Comisión Episcopal de Pastoral Aborigen y co-presidente del MEDH- ha sido elaborado en base a los casos conocidos por estas instituciones, pero hay infinidad de casos que no estamos presentando aquí, pero era nuestra intención dar nuestro aporte. www.endepa.org.ar Asociación ALIHUEN Alihuen: Palabra de origen mapuche cuyo significado es "Árbol en Pie" Visite nuestra Web: www.alihuen.org.ar Email :
Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla
Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla Personería Jurídica de L.P. nº 1378 Santa Rosa, Prov. de La PAMPA, Patagonia, República Argentina |